Inacción de exprocuradora le puede costar a la MPT S/  450,950.00

  • No defendió los intereses municipales de acuerdo a sus competencias.

El alcalde de Trujillo, Arturo Fernández Bazán denunció que la inacción de la exprocuradora de la Municipalidad Provincial de Trujillo (MPT), Ana María Ríos Negreiros, al no cumplir la funciones que le correspondían, de acuerdo al Reglamento de Organización y Funciones (ROF), le puede costar a las arcas de la comuna y a todos los trujillanos un perjuicio económico de S/ 450,950.00

Esto se debe a una inadecuada defensa de los intereses de la MPT en el expediente judicial N° 00450-2022-0-1601-JR-LA-03.

El Tercer Juzgado Especializado de Trabajo de Trujillo, remitió al Órgano de Control Interno (OCI) copia de la sentencia N° 083-2023-3JETT-EJE-NLPT, resolviendo a favor de Carlos Oswaldo Díaz Rabanal, sobre reintegro de remuneraciones y gratificaciones e intereses legales que se calcularán en la ejecución de la sentencia.

En la sentencia se advierte que el juzgado declaró fundada en parte la demanda, ordenándose a la MPT cumplir con cancelar S/ 450,950.00 por los conceptos antes citados. Asimismo, se ordena que la municipalidad cumpla con depositar la suma de S/ 49,067.13 en la cuenta de CTS del demandante y pagar a la defensa S/ 10,000.00.

El juez Ricardo Arturo Miranda Rivera, señala en sus consideraciones para emitir sentencia que la procuraduría simplemente se limitó a hacer una presentación formal, con meras alegaciones sin sustento probatorio, que quien ejerce la defensa ni siquiera asistió a la citación de la audiencia de juzgamiento.

El juez dispuso que se comunique esto a OCI, considerando que “la defensa del Estado ha sido manifiestamente contra sus intereses”.

Respecto a esto, OCI, que depende de la Contraloría General de la República, envió un documento al alcalde Arturo Fernández advirtiendo que la exprocuradora, al no haber ejercido una defensa acorde a los intereses de la municipalidad, ni realizado una contestación de demanda con medios probatorios y al no haber asistido a la citación de audiencia de juzgamiento, demostró desinterés por la labor encomendada, por lo que habría incumplido sus funciones establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la municipalidad, situación que ameritaría disponer el inicio de las acciones administrativas para el deslinde de las responsabilidades que correspondan.

Respecto a este último punto, la Alcaldía cursó documento al órgano competente para identificar y determinar la responsabilidad administrativa funcional y/o legal en que habría incurrido la funcionaria designada en la Procuraduría Municipal, al no haber ejercido una defensa acorde a los intereses de la comuna.

Por otra parte, el alcalde felicitó al juez por haber comunicado esto a OCI y a la MPT. “Así deben actuar todos los magistrados. Tranquilamente pudieron dejar la sentencia allí y dejar que eso quede consentido, pero al hacerse de conocimiento, la MPT la apeló”, dijo.

Si no hubo defensa el juez no tiene otra cosa que hacer que dar la razón al denunciante, añadió, precisando que este dinero que se tendrían que pagar no cae del cielo, sino que son tributos de los contribuyentes trujillanos y que se dinero debe servir para dar mantenimiento a un parque, pistas o para otra intervención.

Vamos a remitir un documento al presidente de la Corte para que se nos informe de inmediato cuando no se presente algún abogado de la municipalidad. Voy a dar mi número de celular y el del actual procurador para que esto no vuelva a ocurrir. Tenemos que defender los intereses de la municipalidad, agregó finalmente.

A su turno, el actual procurador municipal, Martín Salcedo Salazar, manifestó que su despacho ha apelado la resolución apenas se tuvo conocimiento del caso y que personalmente estará atento para presentar alegatos ante el tribunal superior.

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